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domingo, 29 de noviembre de 2009

Aproximación a las intenciones de un derecho de petición. ¿En pro o en contra? ¿Bien o mal formulado?

Un derecho de petición dirigido a LUIS GUILLERMO PLATA PAEZ, Ministro de Comercio Industria y Turismo, en relación con la ley 1314 para la aceptación de las normas internacionales en Colombia

El objeto de esta petición es:



- Recibir las explicaciones, información, copias de estudios, aclaración de conceptos con que se argumentó la discusión de la ley en las diferentes instancias del congreso.
- Recibir información sobre algunas acciones emprendidas en el pasado, en el trámite legislativo de ley, y recibir también información sobre acciones a emprender por este ministerio en la reglamentación de dicha ley.
- Formular múltiples preguntas de consideraciones y precisiones jurídicas, conceptuales, de objetivos, intenciones, impactos e implicaciones futuras a la reglamentación de la cadena de suministro de información financiera.

Las razones que apoyan esta petición son:

"con la reglamentación de la ley aludida, de no hacerse de manera adecuada,


  • podrían vulnerarse derechos fundamentales de diferentes actores de la economía y de la profesión contable."




  • "Se podría incurrir en desarrollos regulatorios contrarios al espíritu del legislador y al ánimo de modernización expuesto por el Gobierno Nacional sobre esta materia."




  • "Además, se le podría causar un enorme daño a la competitividad de las empresas nacionales."





En cuanto las "justificaciones y necesidades que se esbozaron a lo largo de la discusión parlamentaria" para la emisión de la ley 1314, "parto de la premisa que existen los estudios pertinentes que demuestran empíricamente cada uno de los    puntos citados precedentemente".
La discusión semántica sobre los términos adopción, convergencia, adaptación sigue siendo protagonista "Punto capital del análisis de la ley y factor de discusión de la misma, lo constituye el objeto que se plasmó en    esta disposición, relacionado con el concepto de 'Convergencia', el cual, en el ámbito de la disciplina contable difiere de manera sustancial del concepto de 'Adopción'," 
También denota la confusión que tiene el peticionario sobre cuál es el conjunto único de norma de alta calidad y de aceptación mundial, cuando se pregunta el peticionario que "Se me informe cuáles serán las normas internacionales sobre las que versará la Convergencia. "Se me indique si los US GAAP,"
La petición también da a entrever la confusión de la profesión contable por la interinidad del organismo orientador de la profesión en su tránsito a organismo responsable del proceso de normalización técnica, cuando expresa:
"en la Orientación Profesional emitida por el Consejo……se definió la Convergencia" "Sostuvo además el Consejo Técnico en dicha orientación, entre otras cosas que:"

Preocupa al peticionario la transparencia del proceso cuando pregunta por la interpretación que ministerio y otras entidades públicas le puedan dar al termino convergencia y sobre todo si se entendiera que los decretos reglamentario irían a reglamentar una "adopción". En este mismo sentido preocupa al peticionario la posible debilidad de la opinión de los contadores públicos en esta discusión, cuando pide explicaciones de participación: "En el evento….no sean contadores públicos, cordialmente solicito se me expliquen las razones". O le preocupa la participación con intereses particulares cuando pide: "Se me informe si para la reglamentación de la ley, se han consultado expertos nacionales o internacionales"
Grave para el proceso de aceptación de normas internacionales una posible demanda de inconstitucionalidad cuando algunas peticiones se justifican con frases como estas: "podríamos estar frente a una situación de hecho, consistente en que el Honorable Congreso de la República habría renunciado a su competencia legítima para emitir las leyes en materia contable, por haberle trasladado de manera permanente esta función eminentemente legislativa, al ejecutivo nacional."
En relación con las normas para el registro y deposito electrónico, la principal preocupación del peticionario se ve como la posible pérdida de credibilidad de los libros en el aspecto forense y puntualmente cuando dice "se puede afirmar que permitir el registro de libros ya diligenciados, distorsiona    y disminuye la credibilidad de la información que emiten los entes económicos obligados a llevar contabilidad."
Un aspecto controversial es la solicitud de explicación "En lo atinente con la exclusión de la contabilidad de costos como objeto de regulación..." "aspectos inherentes    o relacionados por ejemplo con los inventarios de las empresas, así como con los procesos de reconocimiento y medición de los mismos, al igual que el costeo del lote económico de las compañías, parecería que no podrían ser desarrollados al amparo de este parágrafo."
Pide el peticionario, explicaciones, definiciones, aclaraciones sobre aspectos técnicos y del futuro debido proceso para la aceptación de normas; y también en el mismo sentido solicita información sobre los diferentes criterios de para la reglamentación de la cadena de suministro de información financiera. 

viernes, 27 de noviembre de 2009

Regulación y Normalización Técnica de Información Financiera de Entes Públicos, de Empresas Publicas y de Empresas de Servicios Públicos ¿Convergen hacia un conjunto único de normas?

La regulación y normalización técnica en Colombia ha comenzado a considerar la tendencia mundial hacia la aceptación de unas normas únicas de alta calidad y de aceptación mundial que regulen la cadena de suministro de información financiera. Esta tendencia observada desde muchas perspectivas consolida la inserción de Colombia en la lucha por la transparencia, el combate a la corrupción y el incentivo a la inversión extranjera. Sin embargo, este reto que enfrenta la necesidad de regulación y normalización de la información financiera como bien público, debería ser enfrentado con discusiones abiertas, ordenadas y académicas entre los diferentes grupos de interés y la profesión contable. Discusiones que enfrentadas con un grado de tolerancia y con intenciones claras de identificar las divergencia, podrían llevarnos a un periodo corto de armonización como paso inicial a la aceptación de normas únicas internacionales.

Para iniciar este proceso de aceptación de normas únicas internacionales se deben distinguir las empresas donde prevalezca el interés del público sobre el rendimiento de la inversión, las empresas donde prime el interés privado sobre el rendimiento de la inversión y las que siendo de origen estatal compitan con las de interés público y la de interés privado sobre el rendimiento de la inversión. Hay otro tipo de entidades donde se necesita información financiera para otro tipo de interés público que no tiene que ver con el retorno de la inversión, y son las entidades gubernamentales donde el interés del público significa costo beneficio. El conflicto competitivo entre las empresa con algún tipo de interés en el retorno de la inversión, ya sea con interés público, interés privado o interés estatal, nos ha permitido visualizar varios escenarios de la normalización técnica de la información financiera.

Para entender los escenarios de regulación donde prima el retorno de la inversión ya sea para el interés público o en el interés privado necesitamos identificar cada conjunto único de normas de información financiera que se están impulsando a nivel mundial. Hoy en día las IFRS son reconocidas por muchos países como las normas llamadas a ocupar el sitial del conjunto único de normas de información financiera para aquellas empresas que son objetos del interés público. Para empresas no objetos del interés público consideradas como PYME se recomiendan la versión ligera de las IFRS llamadas IFRS-SME. 

Por otra parte, para los escenarios de regulación para las entidades gubernamentales se han identificado un conjunto de normas que han sido emitidas desde un comité de normas de IFAC, las IPSAS o NICSP por las siglas en español de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público. Al aceptar La NICSP como las normas con las cuales armonizar el plan de contabilidad de las jurisdicciones nacionales se debe reconocer a las NICSP como las normas generales de información financiera de alta calidad para su aplicación a entidades del sector público, y que no aplican para las Empresas Públicas (EP).

12. Las NICSP están diseñadas para aplicarse a los estados financieros con propósito general de todas las entidades del sector público. Las entidades del sector público incluyen los gobiernos nacionales, regionales (por ejemplo, estatal, provincial, territorial), gobiernos locales (por ejemplo, ciudad, población) y sus entidades dependientes (por ejemplo, departamentos, agencias, consejos, comisiones), a menos que se señale lo contrario. Las Normas no son aplicables a las Empresas Públicas. Las Empresas Públicas aplican las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) que son emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB).

Para efectos de información hay que  considerar que las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) o International Public Sector Accounting Standard (IPSAS) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público – IPSASB  de la International Federation of Accountants (IFAC).

En Colombia se reconoce que hay un escenario que no debe ser sometido al proceso de regulación y normalización alrededor de las IFRS y para ello se legisló que este proceso se debe tratar
"6.   …con respeto de las facultades regulatorias en materia de contabilidad pública a cargo de la Contaduría General de la Nación" . Es decir no incluir el Plan general de Contabilidad Publica en el proceso de "convergencia" ordenado por la ley 1314.

La Contaduría General de la Nación, organismo del estado que tiene la potestad constitucional de regular y normalizar la contabilidad llamada pública, inició ya hace un tiempo un proceso de armonización voluntaria con las NICSP o normas internacionales de contabilidad pública. Para tener claro lo que se espera de este proceso de armonización se debe precisar que "la contabilidad pública comprende, la de los órganos que integran las Ramas del Poder Público en el nivel nacional, la de las entidades u organismos estatales autónomos e independientes, la de los organismos creados por la Constitución Nacional o por la ley, que tienen régimen especial, adscritos a cualquier Rama del Poder Público, la de las personas naturales o jurídicas y la de cualquier otro tipo de organización o sociedad, que manejen o administren recursos de la Nación en lo relacionado con éstos (Contabilidad General de la Nación); como también a la de las entidades u organismos descentralizados, territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan y la de cualquier otra entidad que maneje o administre recursos públicos y sólo en lo relacionado con éstos.".

En todo este contexto entonces faltaría por aceptar que la regulación aplicable a empresas como Ecopetrol y las vigiladas por la Superintendencia de Servicios Públicos que claramente clasifican como las "empresa públicas" que definen las NICSP, serían las resultantes de la "convergencia" con las IFRS.

En la ley 1314 existen unos apartes que parecen anticipar algunos sucesos previamente conocidos, otros que claramente apuntan a proteger peligros de extralimitaciones y otros que claramente protegen procesos de convergencias iniciados por otras iniciativas. Todas estas consideraciones atentarían contra la intención global de marchar hacia un único conjunto de normas de alta calidad y de aceptación mundial. Estos apartes son:

Las entidades estatales que ejerzan funciones de supervisión, pueden "10… Expedir normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información. Estas actuaciones administrativas, deberán producirse dentro de los límites fijados en la Constitución, en la presente Ley y en las normas que la reglamenten y desarrollen."

Los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo…… "7.5 velarán porque las normas a expedir por otras autoridades de la rama ejecutiva en materia de contabilidad y de información financiera y aseguramiento de información resulten acordes con las disposiciones contenidas en la presente Ley y en las normas que la desarrollen."

"12. En ejercicio de sus funciones y competencias constitucionales y legales, las diferentes autoridades con competencia sobre entes privados o públicos deberán garantizar que las normas de contabilidad, de información financiera y aseguramiento de la información de quienes participen en un mismo sector económico sean homogéneas, consistentes y comparables."

"16. Las entidades que estén adelantando procesos de convergencia con normas internacionales de contabilidad y de información financiera y aseguramiento de información, podrán continuar haciéndolo, inclusive si no existe todavía una decisión conjunta de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, pero respetando el marco normativo vigente.

Las normas así promulgadas serán revisadas por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública para asegurar su concordancia, una vez sean expedidas por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, con las normas a que hace referencia esta Ley."

domingo, 22 de noviembre de 2009

Convergencia de normas no se mete con la contabilidad de costos ¿error, exabrupto o ingenuidad?


La contabilidad de costos (como la conocemos hoy) parece que nace cuando se hace aprovechamiento de la dinámica contable por parte de los ingenieros de la revolución industrial de USA para mantener el mayor de fábrica, y así posibilitar la acumulación de los costos indirectos, relacionarlos con la mano de obra directa registrada por el sistema de nómina, y también con el procesamiento de las cantidades de materias primas, insumos y productos registrados en los Kardex duales (cantidad-valor). El aprovechamiento de las técnicas del registro contable de doble entrada posibilitó así relacionar la información de las cantidades con sus valores identificables y con valores asignables a juicio de la administración.

Pero todo este nacimiento complejo de la contabilidad de costos ocurrió motivado por las necesidades particulares de valorizar los procesos de fabricación continuos o por órdenes de los clientes. Es así como la llamada contabilidad de costos en su tránsito hacia la contabilidad de gestión, se apropió de técnicas analíticas de apoyo a la decisión que han estado siempre distanciada de las normas reguladas por estándares de medición financiera.
La información y las distintas dimensiones que arrojó la manipulación de los datos en estructuras tabulares, permitió el nacimiento de toda una avalancha de métodos analíticos para usar la información en la toma de decisiones interna. Claro está, estos métodos que posibilitaron procedimientos de asignaciones de valores históricos a los productos, también pudieron ser usados para el problema de la valorización de los inventarios de cierre de periodos con fines de emisión de información financiera para los inversionistas y con fines tributarios.

Registros en el mayor de fábrica, técnicas de distribución de gastos no identificados directamente con el producto, creaciones de dimensiones analíticas de la información contable, asociación de los costos a los ingresos realizados y cálculo de valor de existencia final, hasta análisis microeconómicos lineales sencillos. Todo esto hoy lo conocemos como contabilidad de costos.

Existe una norma de contabilidad financiera internacional que menciona los costos con fines de medición de lo reconocido como activo (inventario) para su posterior traslado a gastos (costo de venta), pero que no prescribe ni la técnica del registro asociativo cantidad-valor, ni prescribe la técnica de distribución al producto de los diferentes elementos constitutivos del costo para efectos de decisiones de gestión de los negocios.

Hay escritos juiciosos sobre la perdida de relevancia de la contabilidad de costos tradicional. Y también florecen nuevas propuestas como ABC y TOC que no tienen compromisos con la representación financiera tradicional.

Entiendo que se podría decir, desde la "teoría del todo financiero", que es un exabrupto el mandato de no inclusión de la contabilidad de costos en las normas a considerar en el proceso prescrito por la llamada convergencia de normas.

sábado, 21 de noviembre de 2009

Nuevo análisis técnico a la ley 1314, para emprender el proceso normativo hacia la aceptación de las normas internacionales en Colombia



OBJETIVOS GENERALES DE LA LEY

La ley busca mejorarles a las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras:
  • la productividad, 
  • la competitividad y 
  • el desarrollo armónico de la actividad empresarial 
Con observancia de los principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional, con el propósito de apoyar la internacionalización de las relaciones económicas, la acción del Estado se dirigirá hacia la convergencia de Nuestras normas de: 
  • Contabilidad
  • Información Financiera
  • Aseguramiento de la Información,


con:

  • Los Estándares internacionales de aceptación mundial
  • Las mejores prácticas y
  • La rápida evolución de los negocios.


OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA LEY



Sistema de aseguramiento de información: 

La ley busca estructurar las diferentes normas tratadas en ella para que respondan a un sistema único y homogéneo de alta calidad que ayude a asegurar información financiera para que sea:
  • comprensible
  • transparente 
  • comparable
  • pertinente 
  • confiable
  • útil para la toma de decisiones económicas


Partes interesadas en la información financiera:
La ley enumera los diferentes perfiles de usuarios de información de acuerdo con la prioridad de los intereses

  • Estado
  • Propietarios
  • Funcionarios y empleados de las empresas
  • Inversionistas actuales o potenciales 
  • y otras partes interesadas

Normas Excluidas del Objeto de la Convergencia

Las facultades de intervención establecidas en esta Ley no se extienden a… la contabilidad de costos.

NORMAS DE CONTABILIDAD Y DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Objetivos de la Normas

Las normas deben permitir que las operaciones económicas de un ente se puedan:

  • Identificar,
  • Medir,
  • Clasificar,
  • Reconocer,
  • Interpretar,
  • Analizar,
  • Evaluar
  • Informar,
de forma:
  • Clara 
  • Completa 
  • Relevante 
  • Digna de crédito 
  • Comparable.
Clase de Normas
  • Soportes y Libros
  • Contabilidad
  • Información Financiera

Jerarquía de Normas

Marco Conceptual

  • Postulados
  • Principios
  • Limitaciones
  • Conceptos



Normas Técnicas


  • Generales
  • Específicas
  • Especiales
  • Revelaciones
  • Registros y libros
  • Interpretaciones 
  • Guías


Supuestos Básicos de las Normas
Los recursos y hechos económicos deben ser reconocidos y revelados de acuerdo con su esencia o realidad económica y no únicamente con su forma legal


Independencia entre lo tributario y lo fiscal
Las normas contables no tendrán efectos impositivos, a menos que la normas tributaria: 


  • remitan expresamente a ellas 
  • cuando éstas (tributarias) no regulen la materia 


A su vez, las disposiciones tributarias no tendrán efectos contables

  • únicamente producen efectos fiscales.
La preparación de las declaraciones tributarias y otra información deberán cumplir con las normas fiscales.

NORMAS DE ASEGURAMIENTO DE INFORMACIÓN

Objetivos

Regular las calidades personales, el comportamiento, la ejecución del trabajo y los informes de un trabajo se aseguramiento.



Clase de Normas:


  • Ética
  • Control de calidad de los trabajos
  • Auditoria de información financiera histórica
  • Revisión de información financiera histórica 
  • Aseguramiento de información distinta a la anterior
  • Auditoría integral(El Gobierno Nacional podrá expedir)




Jerarquía de Normas:
  • Principios
  • Conceptos 
  • Técnicas 
  • Interpretaciones 
  • Guías

EMISORES DE NORMAS NACIONALES

Organismo de Normalización Técnica. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, será encargado de elaborar las propuestas y coordinar las invitaciones a comentarios.


Regulador Emisor de Normas.Los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, obrando conjuntamente, y con la Contaduría General de la Nación para lo gubernamental constituirán la instancia reguladora.


Organismo de Interpretación.Las autoridades de supervisión podrán, dentro de los límites fijados en la Constitución, en la Ley 1314 y en las normas que la reglamenten y desarrollen, expedir:

  • Normas técnicas especiales
  • Interpretaciones
  • Guías

OBLIGADOS AL CUMPLIMIENTO CON LAS NORMAS.



Obligados a llevar Contabilidad y las personas jurídicas no comerciante que no tengan un régimen propio o tengan una normatividad incompleta, con respecto de la cadena de suministro de información financiera así:
  • Responsables por llevar contabilidad 
  • Preparadores de Estados Financieros y de otra Información Financiera 
  • Encargados la promulgación 
  • Responsables por el aseguramiento.
Pero teniendo en cuenta los roles de los propios de los:
  • Contadores públicos,
  • Funcionarios 
  • y demás personas encargadas

Quienes participen en un mismo sector económico deben contar con normas homogéneas, consistentes y comparables, independiente del alcance de su carácter de entes privados o públicos.

EXCEPCIONES Y TRATAMIENTOS DIFERENCIADOS DE LA LEY

El Gobierno autorizará:


  • Contabilidad simplificada
  • Estados financieros y revelaciones abreviados
  • Aseguramiento de información de nivel moderado

El Gobierno establecerá para las microempresas
  • Normas de contabilidad 
  • y de información financiera

RÉGIMEN TRANSITORIO



Las normas anteriores a esta ley conservarán su vigor hasta que entre en vigencia una nueva disposición expedida en desarrollo de esta Ley que las modifique, reemplace o elimine.
Las normas promulgadas por entidades que estén adelantando procesos de convergencia (pero respetando el marco normativo vigente) deberán ser revisadas por el Consejo Técnico para asegurar la concordancia una vez sea promulgada la nueva norma por parte de la instancia reguladora. 

Nuestra cultura contable y el encuentro de una tercera vía hacia normas únicas

Los niveles de aseguramiento de información empiezan desde la misma compilación de estados financieros e incluyen su revisión y auditoría; otro nivel de aseguramiento tienen que ver con los procedimientos acordados.
A nivel mundial existen ambientes regulativos sobre el aseguramiento de información que compiten por su aceptación mundial. En Europa donde los actores principales a nivel de emisión de normas existen IASB, IFAC, EC, EFRAG y ACA. La norteamericana con actores como FASB, AICPA, SEC, PCAOB. Otros ambientes regulativos están dados por los esfuerzos nacionales de países importantes con gran poder dentro del contexto internacional: Inglaterra, Australia, Sur África y Canadá. Estos últimos actores, si bien siguen los pasos de los países europeos, tienen gran influencia en el concierto de emisión de normas internacionales. Sin embargo, es bueno resaltar que como el objetivo principal de estos esfuerzos es generar confianza pública en el inversionista, apenas hasta ahora se están dando pasos importantes para atender el aseguramiento de información para actividades ajenas al mercado de capital.
Así las cosas, a nivel de cuerpo de normas solamente se nos hacen visibles en nuestro contexto latinoamericano las de información financiera US GAAP e IFRS/IAS, las de Aseguramiento de información SAS/AS e ISA, y los códigos de conducta AICPA e IFAC.
En Colombia contamos con un adelanto muy importante a nivel estas regulaciones en el campo exclusivo del procesamiento contable y la información a nivel de cuentas. Adelanto este que si bien nos obliga a invertir mucho tiempo en su defensa, no nos permite avanzar a los otros campos de la cadena de suministro de información como bien público. Para estos propósitos del tratamiento de la información como bien público, tenemos que necesariamente aceptar darles visibilidad a otros actores de esta cadena. Usuarios, analistas, reguladores y políticos presionan hoy en día para ser oídos cuando se trata de sus intereses en la información contable y financiera.
Veamos, en Colombia se le ha dado mucha más importancia a la fuente de información a nivel de cuenta cuando elevamos a nivel de regulación legislativa los planes de cuentas; y cuando todavía nos centramos en la defensa de la interventoría de cuentas por razones románticas o por esfuerzos de crear doctrina propia. Más aun, la auditoría comienza y acaba con la prueba de "cuadre" de saldos de cuentas para cumplir las obligaciones normativas de verificar la ocurrencia y la existencia de lo que representa cada cuenta. Consecuentemente, la cultura de profundizarnos en la observación de los flujos (Flux) nos ha dado poca experiencia en la representación de las existencias (stock); y esto nos ha generado una relativa tardanza para estudiar y adquirir competencias para emitir juicios en la aplicación de principios y reglas generales; consecuentemente la oportunidad para adquirir habilidades para aplicación de reglas específicas de reconocimiento, medición, valuación y monitoreo en ambiente de diversidad normativa no se nos ha dado. La excepción es la observación de flujos y existencias en la dimensión tributaria de la información, donde se nos ha posibilitado una especialización que se ha convertido connatural a la Contaduría. 
Así las cosas, hemos recibió el legado consistente en un marco normativo y una ordenación de reglas contables alrededor de este marco. Bajo estas premisas se justifica y se le debe dar importancia a nuestros 2649, 2650 y demás resoluciones creadoras de PUCs y de reglas de divulgación. Aquí se debe reclamar no la importancia de la autoría de nuestra legislación contable, ni su preeminencia sobre las normas internacionales, si no la cultura profesional construida alrededor de ella. 
El emprendimiento de una reacomodación de nuestra colcha de retazos, no sin antes rendirles el tributo que se merecen, debe obedecer a la inspiración de la mayoría de edad intelectual y profesional de la Contaduría Profesional Colombiana. Intentar aprovechar esfuerzos intelectuales profundos de dos románticos y avezados colegas acuciosos políticos para reemplazar el llamado a la globalización responsable, no es ni justo con el interés público ni obedece a la democracia participativa que inspira nuestra constitución. Aprovechar este esfuerzo orientativo de ellos para contrastarlos con los quereres de la globalización sería en principio una nueva orientación hacia reglas únicas de alta calidad y de aceptación mundial. 
El Consejo Técnico de la Contaduría por mandato de la ley debe abocarse al estudio de las diferentes reglas insertas en las normas de información y aseguramiento de aceptación mundial; y debe proponer su aceptación cuando pueda probar la viabilidad técnica y la conveniencia nacional, pero teniendo en cuenta los criterios expuestos en los objetivo de dicha ley. No obstante la divergencia política interna por aspiraciones legitima de la izquierda colombiana frente a una decadente economía de mercado, este Consejo debe emprender un estudio técnico principio por principio, norma por norma y regla por regla contrastando las nuestras con las emitidas por el organismo correspondiente emisor de norma. Como conclusión de este estudio el CTCP debe proponer su aceptación o rechazo con criterio integral. El rechazo debería necesariamente llevar una propuesta alternativa para su legislación en el congreso. La recomendación de aceptación conllevaría a la expedición de la norma por conducto de la instancia gubernamental prevista en la ley.
Ahora bien, al analizar las tendencias normativas presentadas al principio de este escrito, lo que nos queda por concluir seria cuál de las dos tendencias claramente visibles en el contexto internacional debemos seguir por mandato de la ley. Si el criterio fuera por importancia del medio donde se aceptan o se permiten, entonces las regulaciones norteamericanas (FASB/AICPA/PCAOB) serían las indicadas. Si por el contrario el criterio escogido fuera por el número de jurisdicciones geográficas donde operen entonces serían las emitidas por IASB/IFAC. Una tercera vía a considerar seria las tan añoradas normas únicas de aceptación mundial.
Para efectos de materializar estas normas únicas de reportes financieros propuestas para esta tercera vía, tendríamos que proponer aquellas que han salido y puedan salir del esfuerzo de convergencia de FASB-IASB. Este esfuerzo de convergencia tiene todavía escollos por salvar, consistentes estos principalmente en la fundamentación en principios o en reglas específicas, unificación de criterios generales y reglas específicas del manejo del valor razonable, reglas específicas demandadas por los intereses nacionales, reglas para grupos de interés económico y otros grupos de interés, el blindaje contra la influencia desmedida de los intereses de los políticos patrocinados.
Sin embargo, esta tercera vía considerada por todos cuando se reconoce la necesidad de las normas únicas, se cristalizaría solamente cuando USA dé el paso hacia la permisividad de las IFRS por parte a las empresas norteamericanas. No menos importante es que la FASB tendría que buscar el camino para que sus esfuerzos existenciales no se ahoguen ante la arrasadora existencia de los esfuerzos IASB apoyado por los intereses europeos. Esto solamente se podría lograr con la fusión de IASB-FASB en un solo órgano supranacional cuyo único interés sean las normas únicas sin contaminación de interés políticos patrocinados. La última recomendación para esta tercera vía es trasladar también a un organismo internacional, ya sea certificador o supervisor, la observancia del cumplimiento íntegro de las normas acordadas como únicas.
Si nos vamos hacia el cumplimiento certificado, entonces debemos embarcarnos en el proyecto de definir las competencias profesionales. Para aprovechar el camino andado por otros en este tema, es necesario identificar la entidad más posibilitada para certificar las competencias profesionales de los contadores a nivel internacional. También sería necesario hacer un llamado a los programas de contaduría pública para iniciar el rediseño curricular por competencias.
Retomando el punto de las normas únicas, primero se debería hacer un llamado a considerar que la unión que se pide en Contaduría Pública no es posible y no es saludable, ya que siempre existirán maneras diferentes de abordar la solución del bien común. Pero lo que si deberíamos hacer es propiciar los canales democráticos donde se promocione la participación amplia sin exclusiones por antipatías personales. Solamente así llegaremos a la decisión democrática sobre que normas son más técnicamente adecuadas y convenientes a los intereses nacionales, pero según la opinión de la mayoría participativa en todos los grupos de interés legítimos.

miércoles, 18 de noviembre de 2009

¿Seguiremos privilegiando la discusión política y de gobernanza sobre la técnica? Invitación a la discusión de la conveniencia o inconveniencia de la adopción de normas internacionales.

Tan importante o más que los temas técnicos, pero parece que se nos está yendo la mano en los eventos públicos donde al auditorio de contadores se le somete a interesantes discursos lúdico-políticos. Esta situación es particularmente grave cuando en estos eventos no se incentiva la confrontación de ideas, ni la confrontación intelectual y a los temas técnicos se les da el tratamiento de relleno.

A propósito de temas técnicos, desde hace tiempo he venido invitando a una gran discusión nacional principio por principio, norma por norma y regla por regla. En este artículo voy a tratar de seguir posicionando el tema de la cadena de suministro de información financiera.

Los registros contables se preparan a partir de transacciones y de los eventos asociados con la cadena de suministro de bienes y servicios. Existen otras necesidades de registros contables propias de la administración del capital de trabajo. Este nivel de actividad contable caracterizado por la mera captura de datos es propia de la teneduría de libros. Existe otro nivel de actividad de registro contable, en donde se presenta la necesidad de la emisión de juicios basados en principios que terminan en la aplicación de normas, las cuales a su vez contienen numerosas reglas específicas.

La contabilidad de capital de trabajo tiene disponible una diversidad de tecnología informática. Existen software de escritorio especializado en la captura de transacciones comerciales de la cadena de suministro, también existen otro tipo de articulación electrónica en donde a partir de la gestión se infieren unos registros contables. Capturados o generados, los registros contables de las transacciones comerciales disparan eventos que generan, a su vez, otros registros contables para la gestión informativa interna y para la gestión tributaria.

El instrumento que permite el transporte y suministro de la información a interesados externos es los estados financieros. Estos estados financieros son preparados siguiendo unos procedimientos técnicos de la disciplina contable. Al nivel de suministro de información, en los estados financieros se deben asegurar la aplicación de principios, normas y reglas expedidas por la jurisdicción respectiva.

La tecnología informática ha desarrollado numerosas soluciones para ayudar al cumplimiento de los requisitos de la información solicitadas en los informes periódicos de los entes económicos. Hojas electrónicas, generadores de reportes, software de consolidación, repositorios,... etc, todas estas herramientas con una creciente sofisticación tecnológica facilitan el reconocimiento, la medición y la revelación de los elementos de los estados financieros.

A pesar de la existencia de múltiples y diversos cuerpos de normas contables a los niveles nacionales, esta diversidad se ha ido estrechando. Este cierre de fronteras de la diversidad ha ido anulando los tratamientos contables alternativos entre naciones. Dando por sentado la universalización de la disciplina contable, hemos transitado desde la aplicación de normas contables nacionales repletas de diversidad, hasta la aplicación de normas con alto grado de estandarización proveniente de la época de la armonización.

El mundo se ha podido sentar sobre un marco conceptual único, lo que ha garantizado la aceptación de muchos principios y normas básicas. Se mueve el paradigma de la contabilidad basado en la representación de lo histórico hacia la representación prospectiva, dándole utilidad a la información para la toma de decisión. O sea la contabilidad es empujada hacia lo predictivo.

Las normas de información financiera se especializan en reconocimiento y medición de los diferentes elementos de los estados financieros desde las cuentas que sumarizan las transacciones y eventos de las actividades de operación, financiación e inversión. Existen normas cuya clara intención es la medición y remedición donde se podrían presentar problemas en la realización de ingresos y en el reconocimiento de los valores del mercado de los diferentes bienes y obligaciones.

La discusión de la conveniencia o inconveniencia de la adopción de normas internacionales se debería dar sustrayendo primero de ella cualquier cuerpo de normas en las que se modifica el paradigma contable basado en valor histórico y en las que se altera el status quos contable de algunos intereses de los diferentes sectores de la economía. Después, y aprovechando la escalabilidad planteada con la existencia de los perfiles de normas de rigurosa aplicación para las actividades del mercado de capital se debería dar la discusión de aquellas normas influenciadas por el valor razonable y así favorecer la adopción del perfil de normas para pymes.

Para poder tener un compromiso con la transparencia se debería precisar muy bien los actores y su responsabilidad en la cadena de suministro de información. Este compromiso, que reconoce la información financiera como un bien público, necesita de la participación de los actores de los ambientes académicos, profesionales, tecnológico, regulativo y de las entidades de vigilancia y control. Con este mismo compromiso, todos estos actores requieren tener una adecuada segregación.

Se necesita más compromiso con la discusión técnico-científica por parte de los líderes de la profesión, de los dirigentes gremiales, de las autoridades académicas, de los docentes universitarios y de los medios de difusión especializados.

Cualquier camino de adopción de las normas internacionales necesita de procesos académicos que se comprometan con la certificación de competencias básicas, laborales y profesionales. Estas certificaciones necesitan ser homologables a nivel internacional. No se puede pensar que con la presentación de eventos sin ningún rigor y compromiso académico se pueda llegar a la capacitación de los profesionales contables que necesitamos.

Sugiero sacar la discusión de la gobernanza de la contaduría pública de los eventos anunciados como académicos y llevarla hacia los canales propositivos adecuados.

viernes, 13 de noviembre de 2009

EFRAG-Endorsement Status Report Update (Estado del endoso para aprobacion )

EFRAG has updated its website and is pleased to announce that it has published the following news item:
In the light of the recent voting at the ARC, EFRAG has updated the EFRAG Endorsement Status Report, which can be downloaded below and under the menu point 'Endorsement Status'.
Read the complete News

Lea el estado del endoso de EFRAG a la Union Europea sobre IAS-IFRS-IFRIC


EFRAG Endorsement Status Report 13 November 2009.pdf

La aprobacion de la IFRS 9 quedo pospuesta, ¿eso significa que la Union Europea se aparta de IASB?

jueves, 12 de noviembre de 2009

Normas contables: Divididas y Sobre Reguladas?

Contadores a  lidiar con las consecuencias sobre el valor contable "marcado por mercado". De la edición impresa de The Economist Noviembre 2009 12  traducido por Hernán A. Rodríguez G.

La contabilidad se ha convertido en un tema político. Las normas del valor razonable, que requieren que los bienes se marquen a los precios de mercado, son acusadas por algunos por exagerar las pérdidas de los bancos. Aunque tomará años para determinar si las cuentas de los bancos han pintado un panorama demasiado sombrío, las filas ya están en pleno apogeo. La confianza en la "eficiencia " de los precios de mercado ha sido golpeada, así como el principio de que las cuentas están diseñadas principalmente para los inversores. El público tiene un gran interés en los libros de los bancos ahora también. "Hay paradigmas competitivos sobre para lo que sirven estados financieros", dice John Hepp de Grant Thornton, una firma de contabilidad.

La International Accounting Standards Board (IASB), que establece normas para la mayoría de los países, aparte de USA, ha hecho concesiones tácticas para evitar la pesadilla de tener a los bancos y a los políticos escribiendo sus propias normas. El 12 de noviembre emitió nuevas normas para los activos financieros que serán opcionales para este año y obligatorio a partir de 2013.

Los préstamos, o valores similares a los préstamos, se llevarán en libro  a los precios que los bancos pagan por ellos, siempre que la empresa propietaria de ellos no se dediquen al comercio de estos. Todo los demás se llevarán al valor razonable. La mayoría de los observadores, incluido el IASB, cuentan con que esto reducirá la proporción de activos a valor razonable, que es alrededor del 50% para las grandes empresas europeas. Fundamentalmente, para los que creen que la mayoría de las empresas tratan no solode calentar,si no completamente cocinar sus libros, las notas de las cuentas revelarán todos los activos a valor razonable.

El IASB propone también reajustar la forma como las deudas malas son reconocidas. En lugar de llevar a libros las pérdidas cuando las cosas se ponen feas, ahora se propone extender esta obligacion durante la vida de un préstamo, aunque el proyecto no va tan lejos como el sistema de España de "provisiones genéricas", que conducen a que más reservas se estén elaborando en los buenos tiempos que en los malos, suavizando mucho mas las utilidades. El IASB, aunque los detalles no se han acordado, quiere también poner fin a la práctica de los bancos que marcan el precio de su propia deuda en el mercado,.

El IASB ha hecho grandes concesiones. Sin embargo, es la Comisión Europea, la que decide si la Unión Europea adopta el estándar de las nuevas normas de este emisor de normas. El G-20 ha pedido independencia en las normas mundiales, que "... reafirmen el marco del valor razonable", pero unos pocos países, especialmente Francia, son hostiles a esto. En una carta a Sir David Tweedie, presidente del IASB, la comisión dijo que las reglas "aún no han conseguido el equilibrio adecuado". El IASB es probable que siga arando y espere que la Comisión haga su vuelta.

La posición de la IASB se ha debilitado por diferencias con el Financial Accounting Standards Board (FASB), que establece normas en los Estados Unidos y que quiere algún tipo de eventual combinación o fusión con el IASB (aunque un estudio reciente encontró que sólo el 24% de los ejecutivos de finanzas de Estados Unidos apoyan esta meta). La FASB que ha de presentar propuestas sobre los activos financieros, está más ligado a un régimen de valor razonable. También se enfrenta a una propuesta en el Congreso que podría permitir a los nuevos reguladores del riesgo sistémico norte americano suspender las normas. La fuerza viene de la unidad -sin ella, los riesgos contables se convertirían en otro instrumento de los gobiernos para tratar de gestionar el ciclo económico.

No sabemos cuales normas internacionales adoptaremos?

Para los que no saben cuales son las normas internacionales de que habla la ley  1314 de Colombia 


IFRS 9 endorsement advice postponed( EFRAG postpone endoso de la recien aprobada IFRS 9 para su uso en Europa

12-11-2009 | IFRS 9 endorsement advice postponed
It has been decided that more time should be taken to consider the output from the IASB project to improve accounting for financial instruments.


EFRAG issued draft endorsement advice on IFRS 9 on 2nd November requesting input from constituents no later than 13th November.

However, it has been decided that more time should be taken to consider the output from the IASB project to improve accounting for financial instruments. Therefore, at this stage, EFRAG will not finalise its endorsement advice on IFRS 9.
EFRAG is currently considering how it will proceed in its work to address the package of standards that are expected to replace IAS 39.
Linked Project : click here

IFRS 9 aprobada: IASB completa la primera fase de la reforma de contabilidad de los instrumentos financieros

Publicacion del 12 de noviembre 2009 en el sitio de la IASB, Trraduccion de Hernan Rodriguez

Las IASB emitió hoy un nueva Norma Internacional de Información Financiera (IFRS) sobre la clasificación y la medición de los activos financieros. La publicación de la IFRS representa la culminación de la primera parte de un proyecto de tres parte para sustituir a la IAS 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y valoración con una nueva norma - IFRS 9 Instrumentos financieros. La propuesta que abordan la segunda parte, la metodología por deterioro de activos financieros, se publicó para comentarios a principios de noviembre, mientras que las propuestas sobre la tercera parte, en la contabilidad de cobertura, siguen en proceso de desarrollado.

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La nueva norma refuerza la capacidad de los inversores y otros usuarios de la información financiera para entender la contabilidad de los activos financieros y reduce su complejidad - un objetivo aprobado por el Grupo de los 20 dirigentes (G20) y otras partes interesadas a nivel internacional. IFRS 9 utiliza un enfoque único para determinar si un activo financiero se valoran a coste amortizado, o valor razonable, para sustituir las normas diferentes en la IAS 39. El enfoque de las IFRS 9 se basa en cómo una entidad gestiona sus instrumentos financieros (su modelo de negocio) y las características de flujo de efectivo contractuales de los activos financieros. La nueva norma también requiere que sea utilizado un método único sobre deterioro, en sustitución de los muchos y diferentes métodos en la IAS 39. Así IFRS 9 mejora la comparabilidad de los estados financieros y los hace más fácil de entender para los inversores y otros usuarios.

El IASB ha recibido un amplio apoyo a su planteamiento. Esto se hizo evidente durante la sin precedentes escala global de la consulta y la actividad de divulgación en la que se comprometió con el fin de perfeccionar las propuestas contenidas en el proyecto de la exposición publicado en julio de 2009. Las mesas redondas tuvieron lugar en Asia, Europa y los Estados Unidos. Transmisiones interactivas(webcasts), las cuales atrajeron cada una a miles de participantes inscritos, se han celebrado, a menudo sobre una base semanal. Además, más de un centenar reuniones se han celebrado con las partes interesadas de todo el mundo durante los últimos cuatro meses.

Las opiniones expresadas al IASB en sus consultas se tradujeron en las propuestas las que se modificaron para abordar las preocupaciones planteadas y para mejorar el estándar. Por ejemplo, las IFRS 9 requiere la evaluación del modelo de negocio de una entidad primero, para evitar la necesidad de considerar las características de flujo de efectivo contractuales de cada activo individual. Se requiere la reclasificación de los activos si el modelo de negocio de una entidad cambia. El IASB cambió la contabilidad que se propuso para el crédito estructurados en vinculos cn las inversiones y para compras de deuda con problemas. El IASB también abordó las preocupaciones expresadas acerca de los problemas creados por la falta de coincidencia en tiempos entre la fecha de vigencia obligatoria de las IFRS 9 y la probable fecha de vigencia de una nueva norma sobre contratos de seguros.

Además, en respuesta a las sugerencias hechas por algunos encuestados, el IASB decidió no completar los requisitos de los pasivos financieros en las IFRS 9. El IASB ha iniciado el proceso de dar mayor consideración a la clasificación y la medición de los pasivos financieros y espera publicar los requisitos finales en el transcurso de 2010.

Una declaración proporcionando los detalles de cómo el IASB ha respondido a los comentarios recibidos a través del proceso de consulta está disponible para su descarga clic aquí.

La fecha efectiva para la adopción obligatoria de la IFRS 9 Instrumentos financieros es el 1 de enero de 2013.En consonancia con las peticiones de los líderes del G-20 y otros, la adopción adelantada se permite para los estados financieros del final del ejercicio del 2009 .

Comentando sobre la IFRS 9, Sir David Tweedie, presidente del IASB, dijo:

Hemos cumplido nuestro compromiso con el G-20 y las partes interesadas a nivel internacional para ofrecer un mejor estándar de instrumento financiero para la clasificación y valoración de los activos financieros para su uso en 2009. Beneficiandose de unos sin precedentes niveles de consulta con los interesados de todo el mundo, el IASB ha hecho cambios significativos en sus propuestas iniciales para mejorar la calidad, proporcionar una mayor transparencia y responder a las inquietudes de los interesados.

IFRS 9 Instrumentos financieros IFRS está disponible para Suscriptores eIFRS partir de hoy. Los ejemplares impresos estarán disponibles en breve, a £ 15 más gastos de envío, en el Departamento de Publicaciones de la Fundación IASC. Aquellos que deseen suscribirse a eIFRSs debe visitar la tienda en línea del IASB o comuníquese con:

Departamento de Publicaciones de la Fundación del IASC,
30 Cannon Street, London EC4M 6XH, Reino Unido.
Tel: +44 (0) 20 7332 2730 Fax +44 (0) 20 7332 2749
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Para consultas de prensa, póngase en contacto con:

·Mark Byatt, Director de Comunicaciones Corporativas, el IASB
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·Sonja de Hornos, Asesor de ComuIASación, el IASB,
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Técnica más información


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·Gavin Francis, Director de Mercados de Capitales, el IASB
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Correo electrónico: lfiggie@iasb.org

martes, 10 de noviembre de 2009

La falta de de consenso sobre normas de contabilidad enfada a SEC en USA

Los reguladores de valores de EE.UU. están revisando el plan de trabajo propuesto para mover las empresas de EE.UU. hacia las normas contables internacionales, pero están luchando con la falta de consenso público sobre cómo llegar a ello, dijo un funcionario de la Comisión de Valores y Bolsa este jueves.

En noviembre pasado, en uno de los últimos proyectos principales bajo el ex presidente de la Comisión, Christopher Cox, el personal de la SEC publicó una sugerencia de que tendría a las empresas EE.UU. presentando resultados financieros con International Financial Reporting Standards o IFRS, en 2014, y con la opción para algunas empresas adoptar estas normas anticipadamente.

La adopción de normas internacionales de contabilidad por las empresas de EE.UU. movería el mundo hacia un solo conjunto de normas, y podría hacer más simple para los inversores comparar las empresas que operan en diferentes regiones. Los proponentes también dicen que esto permitiría a las empresas obtener capital más fácilmente en cualquiera de los mercados a que ellos apelaran.

Cuando el nuevo presidente de la SEC, Mary Schapiro, se hizo cargo a principios de este año, dijo que revisaría las propuestas, y los funcionarios de la SEC se han comprometido a proporcionar más claridad antes de 2010.

Pero en la Sociedad de Contadores Públicos Autorizados del Estado de Nueva York en una conferencia en Nueva York el jueves, Julie Erhardt, contador jefe adjunto de la SEC, dijo que aunque la mayoría de la población está de acuerdo con el concepto de un conjunto único de normas contables de calidad, los reguladores han observado que existe un acuerdo muy exiguo sobre los detalles.

"Las cartas de comentarios sobre cómo llegar a ello estaba contenido en una matriz, es decir, todas las ideas posibles que podía pensar en cómo llegar hasta allí, que alguien tenía en una carta - no hubo unanimidad", dijo Erhardt.

La propuesta de la denominada Hoja de Ruta fue abierta para comentarios del público hasta mediados de febrero, pero la SEC amplio ese plazo hasta finales de abril. La agencia recibió cerca de 220 cartas de comentarios sobre el tema, pero es un número pequeño si se considera que el cambio puede afectar a todas las más de 10.000 empresas de EE.UU. regulada por la SEC.

"En términos del personal se puede decir, Bueno, aquí hay una opinión mayoritaria," no se puede decir eso ", dijo Erhardt de las cartas de comentarios que difieren en los conceptos básicos tales como cuantos organismos tener para elaborar las normas de contabilidad, y si los Estados Unidos debe permitir a las compañías acogerse a cualquiera de ellas de manera anticipada.

"Se crea más de una hoja de papel en blanco para el personal que trabaja con los comisionados," ella dijo, observando que la Comisión simplemente "no ha decidido todavía."

Entre otras cuestiones, varias compañías dijeron que no creen que la SEC haya calculado con exactitud la magnitud de un cambio a las IFRS en términos de costos, y algunos se preguntan si realmente el Congreso apoya la propuesta, dijo Erhardt.

Las principales economías como Japón, Canadá y Corea del Sur se unen a Europa y más de 100 países en la utilización de las IFRS, pero los Estados Unidos, siguen operado con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (GAAP), los riesgos quedan en este último gran reducto.

Algunos críticos dicen que si Estados Unidos adopta las IFRS, se podría poner en peligro más de un siglo de progreso de las normas contables de EE.UU. y exponer a las empresas a más demandas, porque en gran medida las IFRS ha sido diseñadas por los países menos contencioso y son vistas como más basada en principios que basado en normas.

"Estamos trabajando en los próximos pasos de lo que podría y debería ser, pero no hay una fecha determinada para anunciar nada", dijo Erhardt.

Propuesta para contabilizar las pérdidas de préstamo de acuerdo con el IASB

Los bancos pueden tener que cambiar en la marcha la manera de contabilizar las pérdidas de préstamos, si el International Accounting Standards Board adopta la propuesta del proyecto de la exposición que publicó la semana pasada.

Bajo los cambios propuestos, las pérdidas deben ser estimadas durante la vida de un préstamo. Actualmente, las pérdidas deben ser realizadas para ser registrado. En términos prácticos, el descubrimiento de las pérdidas de ahora se produce un año después del hecho. Si el proyecto de directrices se cristaliza, las empresas deberán proyectar las pérdidas a través de la vida de los préstamos en sus carteras.


Paul Munter, socio de KPMG, en el departamento de práctica profesional, dice que las valoraciones de las carteras de préstamo se moverían si las normas contables se cambian de una base del desencadenamiento de evento a un enfoque de pérdida estimada. "Cuando usted origina un préstamo que puede tener una tasa del 10 por ciento de interés", dice Munter. "Digamos que la parte superior del 2 por ciento es la pérdida incorporada; usted puede tomarla como una provisión para préstamos incobrables". La base del desencadenamiento de eventos sería sustituida por una reevaluación continua, con el 2 por ciento de aumento o disminución en función de los resultados. Los costos potenciales de esta implementación son una gran preocupación.

Los banqueros están preocupados por la mecánica de la medición de las pérdidas potenciales sobre la vida de los préstamos dentro de la cartera de productos. La Asociación de Banqueros de Estados Unidos, mientras que "en general" dan apoyo a los esfuerzos de tratar de reconocer las pérdidas esperadas, están preocupados por el impacto del cambio propuesto en las entidades más pequeñas, dice Michael Gullette, vicepresidente de ABA de gestión contable y financiera. Proyección de los flujos de efectivo puede ser más difícil de proyectar que las pérdidas esperadas, "porque te metes en la proyección, por ejemplo, las curvas de tipos de interés para los pagos anticipados". Los bancos pequeños y medianos "en general no están en condiciones de hacerlo", dice Gullette.

La propuesta fue anunciada el 5 de noviembre-el mismo día que el IASB y el Financial Accounting Standards Board publicaron un largo comunicado conjunto sobre la renovación de los esfuerzos de convergencia. "Estamos redoblando nuestros esfuerzos para lograr un conjunto único de normas de alta calidad dentro del contexto de nuestros respectivos procesos independientes de establecimiento norma ", según una declaración anterior un cronograma de 23 páginas para lograr este objetivo. "Hace un mes que había mucho menos interés en la convergencia, que parecía ir en direcciones diferentes", dice Munter.

Mientras que la versión de las normas FASB de deterioro aún se están elaborarando, se espera que sea una propuesta general, tomando un rumbo diferente al enfoque de las tres etapas de la IASB. FASB parece dar a las empresas más libertad en la estimación de las pérdidas, también.

"Sé que el FASB tiene comentarios de las empresas al considerar que a pesar de ha pasado unos 18 a 24 meses, las empresas realmente no están cómodas en absoluto con la exactitud de estas estimaciones del futuro", dice Gullette.
FASB lo que dice para ahora es que " hay que utilizar la última información disponible, y hacer lo mejor para averiguar cual será el rendimiento neto de su cartera ". IASB está diciendo "proyecte la frecuencia de sus flujos de efectivo durante la vida de sus préstamos". A primera vista, el enfoque de FASB es conceptualmente más fácil.

Ambas juntas tienen planes para suavizar las diferencias en sus respectivas normas, dice Lisa Filomia-Aktas, un socio en la práctica de servicios financieros de Ernst & Young. El IASB proyecta un período de comentarios de un muy generoso lapso de ocho meses, y esta también formando un panel de expertos para examinar la propuesta.

Los cambios contables se acumulan, señala. "El valor razonable, la consolidación—las juntas podrán mirar de nuevo el desreconocimiento (la baja) en cuentas etc...— esto va a estar muy ocupado", dice Filomia-Aktas. El IASB podrá llevar a cabo un proyecto centrado en la eliminación de determinados instrumentos financieros en el balance, así como un esfuerzo más amplio que abarque todos los activos y pasivos, la Junta examinó la cuestión en su reunión de octubre.

India permite la opción de presentar estados financieros con las IFRS, dejando vivo los Indian GAAP por el momento. ¿Salida en falso?

¿Salida en falso del regulador de India?

Market regulator Securities and Exchange Board of India's (Sebi) proposed changes to the disclosures being made by listed firms will give them an option to present consolidated financial statements under the International Financial Reporting Standards (IFRS). Consolidated statements give a better picture of a company's financial health and are at present being prepared under Indian GAAP (Generally Accepted Accounting Principles).


La mayoría de los países está trabajando para lograr la adopción de las IFRS, lo que traerá consigo cambios clave en las normas de Contabilidad. El Gobierno de la India, también está trabajando para garantizar la convergencia de India GAAP con estas nuevas normas para el año 2011. Pero las normas aplicables a las empresas indias aún no están listas.

El Organismo Regulador Junta de Bolsa y Mercado de Valores de la India (SEBI) propuso cambios a las revelaciones que realizan las empresas que cotizan y les dará la opción de presentar estados financieros consolidados bajo la Normas Internacionales de Información Financiera NIIF( IFRS). Los estados consolidados dan una mejor imagen de la salud financiera de una empresa y en la actualidad se están preparando en India GAAP (Generally Accepted Accounting Principles).

El movimiento de SEBI puede significar que las empresas sigan presentando los estados financieros individuales y consolidados usando los India GAAP

¿Las IFRS-SME están siendo aceptada a los niveles nacionales para información financiera que no va al mercado de capital? ¿Podrían remplazar al 2649 colombiano?

Las IFRS(NIIF) para las SME(PYMES) están creciendo en aceptación con el reciente anuncio del Reino Unido de la adopción para los informes de las empresas consideradas privadas. El Canadá ha adoptado el enfoque de mantenimiento de los GAAP de Canadá para sus empresas privadas (ya que las empresas canadienses públicas deben utilizar las IFRS completas a partir de 2011). Los Estados Unidos sigue siendo un signo de interrogación con respecto a las empresas privadas.

Debido al reconocimiento del AICPA a las Normas Internacionales de Contabilidad en su Código de conducta profesional en mayo de 2008, estas harían parte de los estándares aceptables como GAAP en USA y significaría que las IFRS (NIIF) para las SME(PYME) pudieran ser utilizadas para las empresas privadas GAAP sin tener que utilizar las OCBOA (Otras Bases Comprensivas de Contabilidad ) o hacer excepciones en sus informes.

Judy said IFRS for SMEs is growing in acceptance with the recent announcement of the United Kingdom adopting it for its private company reporting. Canada has taken the approach of maintaining Canadian GAAP for its private companies (as Canadian public companies must use full IFRS starting in 2011). The United States continues to be a question mark with regards to private companies.

Tercera Lección de Ingles Contable: Terminología Contable - Accounting Terminology - What is Equity?

Para cada uno de nosotros que nos interesa la contabilidad y que tenemos como objetivo dominar la teoría y práctica contable, es indispensable la comprensión de la terminología de contabilidad. Tal entendimiento hace más fácil proceso de aprendizaje y la comprensión de ejemplos prácticos. En este artículo estamos explorando el concepto de Equity. Articulo Original en Ingles: http://EzineArticles.com/?expert=Ana_Orwel

For each of us who studies accounting and aims to master accounting theory and practice, understanding of accounting terminology is essential. Such understanding causes easier learning process and grasping of the practical examples. In this articles we are exploring the concept of equity.

What is Equity?

Referring to the definition of equity it encompasses right or claim of the investors to the net properties of the business. From this concept we can distinguish several aspects:
La definición de equity abarca los derechos o reclamaciones de los inversores a las propiedades netas del negocio. De este concepto podemos distinguir varios aspectos:
First, equity is a claim, which reflects a right of the owners to get certain property of the business in exchange for the shares they held in this business
En primer lugar, equity es una reivindicación, que refleja un derecho de los propietarios para obtener cierto propiedad de la empresa a cambio de las acciones que tienen en este negocio

Second, properties are net, which means that first we need to take total value of assets and deduct total liabilities, and the difference is value of net properties to which investors have a right. This means that liabilities must be paid first, i.e. creditors have priority over the shareholders.
En segundo lugar, las propiedades son netas, lo que significa que en primer lugar tenemos que tomar el valor total de activos y deducir el total del pasivo, y la diferencia es el valor neto de propiedades a que los inversores tienen derecho. Esto significa que los pasivos deben pagarse en primer lugar, es decir, los acreedores tienen prioridad sobre los accionistas.

Third, equity does not have maturity date, which means that the business does not have an obligation to return net properties to shareholders on the particular date. This is done is business is liquidated.
En tercer lugar, la equity no tiene fecha de vencimiento, lo que significa que la empresa no tiene la obligación de devolver propiedades netas a los accionistas en una fecha concreta. Esto se hace si el negocio es liquidado.

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